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¿Es cierto que Cuba está prohibiendo los viajes de las “mulas”?


¿Es cierto que Cuba está prohibiendo el envío de paquetes por el sistema conocido como “mulas”?

No es cierto que los esté prohibiendo, lo que sí sucede es que la Aduana General de la República ha dictado una nueva Resolución que modifica los aranceles de entrada al país de los servicios de paquetería, con envíos de artículos que se clasifican como misceláneas.

La Gaceta Oficial de la República ha publicado, con fecha 2 de julio, la Resolución no. 122/2012 de la Aduana General que establece la nueva valoración para la liquidación de los derechos arancelarios de los artículos que se importen, sin carácter comercial, por personas naturales.

Según esta Resolución, por misceláneas se entienden los artículos siguientes:
Calzado,
Confecciones,
Alimentos,
Artículos de aseo personal y del hogar,
Bisutería,
Lencería,
Perfumería,
Y similares.
Para el pago de los aranceles se establece una tabla que clasifica los pagos por el peso o valor de cada producto, y que oscila desde el pago de 10 pesos de gravamen por artículos de 3,1 kilogramos o de una factura de 31 pesos, hasta el pago de 170 pesos de gravamen por artículos de 20 kilogramos o de hasta 200 pesos de factura.

La resolución 122/2012 no prohíbe el envío de paquetes a Cuba mediante el servicio de agencias especializadas.

Por el contrario, mantiene la posibilidad del uso de los mensajeros privados conocidos como “mulas”, o el envío de paquetería utilizando el servicio de correo regular.

Pero sí encarece considerablemente el cobro de los aranceles por paquetes, a diferencia de las tarifas que hasta el momento se estaban cobrando por la entrada de estos envíos al país.

Así que la respuesta correcta es que no prohíbe el uso de las “mulas” pero lo reduce considerablemente y de manera indirecta, con el encarecimiento del costo por kilogramo a importar.
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