Las autoridades policiales de Bayamo no dejaron a los familiares de Oswaldo Payá entrar al juicio de Angel Carromero.
¿No tienen derecho los familiares de las víctimas a ver el juicio?
Los hijos de Oswaldo Payá tenían todo el derecho como familiares de una de las víctimas del accidente, a participar como público espectador en la vista oral y pública celebrada el pasado viernes en Bayamo.
No existe ninguna justificación, ni siquiera la capacidad física de la sala o el temor a desórdenes disciplinarios, para excluir a los familiares de Payá de presenciar el acto del juicio oral.
Esta es una de las más serias violaciones cometidas en el proceso y demuestra la mala fe de las autoridades y el trasfondo político del asunto.
Históricamente y amparados en la ley de organizaciones de tribunales, la presencia de los perjudicados en la sala ha sido una prioridad incuestionable.
Es la primera vez que tenemos referencia de que los familiares de las víctimas en un accidente de tránsito son excluidos del proceso donde se ventila el accidente de su familiar.
El tribunal actuante tiene potestad inclusive para reprimir cualquier acto de indisciplina por parte del público, con actos que van desde la expulsión de la sala, hasta multarles o instruirles de cargo por desacato o desorden público, pero nunca prohibir “ab initio” el acceso de los familiares a la vista oral.
En su momento procesal los familiares de Payá prefirieron no participar como testigos, denunciantes o perjudicados en el proceso judicial contra ángel Carromero, esta prerrogativa legal que les asiste no les excluye de su derecho a presenciar el juicio y no justifica el actuar de las autoridades en su contra.
Los familiares de Oswaldo Payá deben denunciar esta violación y además de promoverla ante la fiscalía general o el tribunal supremo cubano, deben hacerla extensiva a las organizaciones internacionales de derechos humanos.
¿No tienen derecho los familiares de las víctimas a ver el juicio?
Los hijos de Oswaldo Payá tenían todo el derecho como familiares de una de las víctimas del accidente, a participar como público espectador en la vista oral y pública celebrada el pasado viernes en Bayamo.
No existe ninguna justificación, ni siquiera la capacidad física de la sala o el temor a desórdenes disciplinarios, para excluir a los familiares de Payá de presenciar el acto del juicio oral.
Esta es una de las más serias violaciones cometidas en el proceso y demuestra la mala fe de las autoridades y el trasfondo político del asunto.
Históricamente y amparados en la ley de organizaciones de tribunales, la presencia de los perjudicados en la sala ha sido una prioridad incuestionable.
Es la primera vez que tenemos referencia de que los familiares de las víctimas en un accidente de tránsito son excluidos del proceso donde se ventila el accidente de su familiar.
El tribunal actuante tiene potestad inclusive para reprimir cualquier acto de indisciplina por parte del público, con actos que van desde la expulsión de la sala, hasta multarles o instruirles de cargo por desacato o desorden público, pero nunca prohibir “ab initio” el acceso de los familiares a la vista oral.
En su momento procesal los familiares de Payá prefirieron no participar como testigos, denunciantes o perjudicados en el proceso judicial contra ángel Carromero, esta prerrogativa legal que les asiste no les excluye de su derecho a presenciar el juicio y no justifica el actuar de las autoridades en su contra.
Los familiares de Oswaldo Payá deben denunciar esta violación y además de promoverla ante la fiscalía general o el tribunal supremo cubano, deben hacerla extensiva a las organizaciones internacionales de derechos humanos.