La legislación prohíbe expresamente la utilización de fondos para facilitar, permitir, licenciar o promover exportaciones a las fuerzas armadas de Cuba, sus servicios de inteligencia, a cualquier oficial de las fuerzas armadas de Cuba o de sus servicios de inteligencia y a sus familiares inmediatos, desde padres, cónyuges e hijos hasta tíos y sobrinos.
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