¿Es cierto que me defienden mejor en Cuba si pago el abogado en CUC, en una oficina para extranjeros?
Es un error común en Cuba pensar que consigues un servicio jurídico de mayor calidad e independiente si pagas el servicio de tu abogado en una de las oficinas habilitadas como consultorías jurídicas internacionales, que cobran sus servicios en dólares o CUC.
Estas oficinas también dependen directamente del estado y el gobierno cubano. Inclusive tienen mucho más controles estatales que las oficinas de abogados habilitadas para el cliente nacional.
Estas consultorías están conformadas por abogados cubanos, subordinados a una figura jurídica aparentemente privada, pero de la que el gobierno cubano es el principal y a veces, único accionista.
Son empleados estatales que laboral bajo las mismas restricciones que tienen los abogados de los bufetes colectivos.
El concepto que les diferencia es que estas consultorías jurídicas internacionales están concebidas para contratar a clientes extranjeros y siempre en moneda libremente convertible. Son más una oficina de recaudación en dólares que una oficina de servicios legales.
Te podemos asegurar que pagando tu contrato en dólares, no estas ganando ninguna ventaja en cuanto a potestad jurídica o libertades en el ejercicio del derecho. Solo estás pagando de forma más cara un servicio al que tienes derecho en moneda nacional.
Los extranjeros o cubanos residentes en otros países sí están obligados a utilizar los servicios de estas oficinas porque por la ley solo pueden pagar sus servicios en dólares o CUC.
Pero en cuanto a calidad y condiciones del servicio contratado, no hay nada extraordinario en estas oficinas internacionales.
El ciudadano cubano que quiera ventilar un trámite jurídico en el extranjero sí puede contratar los servicios de estas consultorías jurídicas internacionales, ya que ellas tienen el monopolio de las representaciones de nacionales en el exterior.
Pero también lo puede hacer directamente en el país donde ventiles su caso, porque con la consultoría jurídica solo estará pagando los servicios de un intermediario.
La consultoría jurídica te cobrará en CUC y luego dedicará parte de tu dinero para subcontratar a un abogado extranjero. Este trámite tú lo puedes garantizar directamente sin necesidad de sus servicios.
Es un error común en Cuba pensar que consigues un servicio jurídico de mayor calidad e independiente si pagas el servicio de tu abogado en una de las oficinas habilitadas como consultorías jurídicas internacionales, que cobran sus servicios en dólares o CUC.
Estas oficinas también dependen directamente del estado y el gobierno cubano. Inclusive tienen mucho más controles estatales que las oficinas de abogados habilitadas para el cliente nacional.
Estas consultorías están conformadas por abogados cubanos, subordinados a una figura jurídica aparentemente privada, pero de la que el gobierno cubano es el principal y a veces, único accionista.
Son empleados estatales que laboral bajo las mismas restricciones que tienen los abogados de los bufetes colectivos.
El concepto que les diferencia es que estas consultorías jurídicas internacionales están concebidas para contratar a clientes extranjeros y siempre en moneda libremente convertible. Son más una oficina de recaudación en dólares que una oficina de servicios legales.
Te podemos asegurar que pagando tu contrato en dólares, no estas ganando ninguna ventaja en cuanto a potestad jurídica o libertades en el ejercicio del derecho. Solo estás pagando de forma más cara un servicio al que tienes derecho en moneda nacional.
Los extranjeros o cubanos residentes en otros países sí están obligados a utilizar los servicios de estas oficinas porque por la ley solo pueden pagar sus servicios en dólares o CUC.
Pero en cuanto a calidad y condiciones del servicio contratado, no hay nada extraordinario en estas oficinas internacionales.
El ciudadano cubano que quiera ventilar un trámite jurídico en el extranjero sí puede contratar los servicios de estas consultorías jurídicas internacionales, ya que ellas tienen el monopolio de las representaciones de nacionales en el exterior.
Pero también lo puede hacer directamente en el país donde ventiles su caso, porque con la consultoría jurídica solo estará pagando los servicios de un intermediario.
La consultoría jurídica te cobrará en CUC y luego dedicará parte de tu dinero para subcontratar a un abogado extranjero. Este trámite tú lo puedes garantizar directamente sin necesidad de sus servicios.