Sobre la muerte del disidente cubano Oswaldo Payá, ¿puede Cuba sancionar por asesinato al español que venía manejando el vehículo?
No se puede sancionar por asesinato a una persona que provoque un accidente automovilístico en el que mueran algunos de sus pasajeros.
El asesinato es un delito que se califica a partir de la premeditación del autor, en otras palabras, la muerte de la víctima tiene que haber sido planificada o al menos deseada por el acusado.
Si el chofer del vehículo no planificó ni organizó el accidente con el ánimo de provocar la muerte de sus pasajeros es imposible que pueda ser acusado de asesinato.
En la mayoría de los casos los autores de accidentes automovilísticos que provocan la muerte de sus pasajeros son acusados de homicidio porque se trata de una muerte no deseada y que ocurre por la imprudencia del conductor, no por su intención.
No se puede sancionar por asesinato a una persona que provoque un accidente automovilístico en el que mueran algunos de sus pasajeros.
El asesinato es un delito que se califica a partir de la premeditación del autor, en otras palabras, la muerte de la víctima tiene que haber sido planificada o al menos deseada por el acusado.
Si el chofer del vehículo no planificó ni organizó el accidente con el ánimo de provocar la muerte de sus pasajeros es imposible que pueda ser acusado de asesinato.
En la mayoría de los casos los autores de accidentes automovilísticos que provocan la muerte de sus pasajeros son acusados de homicidio porque se trata de una muerte no deseada y que ocurre por la imprudencia del conductor, no por su intención.