El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela en el exilio, reiteró al Presidente Interino Juan Guaidó que su gobierno está facultado para que se permita la ayuda humanitaria internacional al pueblo venezolano.
A través de su cuenta de Twitter el TSJ publicó un Mandato de Ejecución de Medida Cautelar Innominada de Protección Constitucional
(Emergencia Humanitaria), para permitir el paso de la ayuda humanitaria ante la negativa y los bloqueos por parte del régimen de Nicolás Maduro.
En el Mandato de Ejecución para lograr la Ayuda Humanitaria en Venezuela, el artículo III cita: "solicitar a los países miembros de la Comunidad Internacional apoyar la apertura de dicho canal internacional, por medios diplomáticos o por cualquier otro, incluida una coalición militar en misión de paz para ejecutar perentoriamente la Ayuda Humanitaria, a fin de cumplir con el mandato impuesto por esta medida cautelar urgente, que tiene como fin proteger a la población de las calamidades que sufre por la falta de alimentos, medicinas y asistencia medica".
Este documento se da a conocer ante los bloqueos por parte del régimen que tildan "de show" la ayuda humanitaria internacional ofrecida a los venezolanos que necesitan comida y medicinas.
Varios camiones con ayudas han llegado a Venezuela a través de Cucutá, sin embargo, estos camiones no han ingresado en territorio venezolano ya que los puntos de descargue están siendo bloqueados por soldados del régimen de Maduro.
"Se ratifica que la medida decretada por la Sala Constitución debe ser acatada y ejecutada de forma inmediata e incondicionalmente, so pena de incurrir en la responsabilidad de desacato prevista en el ordenamiento jurídico", finaliza el documento.
Esta carta fue firmada por el Presidente de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, actuando como juez sustanciador, Miguel Angel Martin Tortabu.