Nos fuimos del país hace más de nueve años, pero mantenemos contacto con nuestra familia en Cuba. Queremos visitar Cuba, ¿Qué documentos y cuáles visas tenemos que solicitar antes de viajar?
Para viajar a Cuba es un requisito indispensable que los viajeros nacidos en Cuba viajen con pasaporte cubano. No importa si en estos nueve años has adquirido una nueva ciudadanía o un pasaporte de otro país, siempre tendrás que llevar tu pasaporte cubano.
Cada uno de los viajeros debe llegar a Cuba con el pasaporte cubano “habilitado”, (emitido a su nombre y con la correspondiente visa o “tarjeta de turista”).
Las visas son emitidas por las oficinas consulares de Cuba y la “tarjeta de turista” puede ser emitida por las agencias de viajes hacia Cuba que se encuentran debidamente facultadas para la expedición de estos documentos.
En EE.UU. no hay consulados en las ciudades y solo existe la oficina de intereses de Cuba en Washington.
Puedes contactar directamente con la Oficina de Intereses o valerte de las agencias de viajes con licencia para promover vuelos a Cuba, estas agencias pueden correr con los trámites de pasaporte y demás documentos que se precisen para visitar Cuba.
Hay dos tipos de visado: Turístico, para individuos y grupos.
Y profesional, para los hombres de negocios, los periodistas y aquellas personas que no vienen como turistas, que deben solicitar un visado especial en los consulados cubanos o la oficina de intereses en el caso de los EE.UU..
Al llegar a Cuba su pasaporte debe contar, además de la visa de entrada, con una vigencia no menor de seis meses.
La visa puede ser expedida hasta por un término de 30 días. Posteriormente, si deseas extender tu estancia, puede solicitar la prórroga o extensión de tu visado en las oficinas de Inmigración y Extranjería.
Siempre lo deberás hacer antes de la fecha de vencimiento de la visa inicial que te fuera otorgada.
Para viajar a Cuba es un requisito indispensable que los viajeros nacidos en Cuba viajen con pasaporte cubano. No importa si en estos nueve años has adquirido una nueva ciudadanía o un pasaporte de otro país, siempre tendrás que llevar tu pasaporte cubano.
Cada uno de los viajeros debe llegar a Cuba con el pasaporte cubano “habilitado”, (emitido a su nombre y con la correspondiente visa o “tarjeta de turista”).
Las visas son emitidas por las oficinas consulares de Cuba y la “tarjeta de turista” puede ser emitida por las agencias de viajes hacia Cuba que se encuentran debidamente facultadas para la expedición de estos documentos.
En EE.UU. no hay consulados en las ciudades y solo existe la oficina de intereses de Cuba en Washington.
Puedes contactar directamente con la Oficina de Intereses o valerte de las agencias de viajes con licencia para promover vuelos a Cuba, estas agencias pueden correr con los trámites de pasaporte y demás documentos que se precisen para visitar Cuba.
Hay dos tipos de visado: Turístico, para individuos y grupos.
Y profesional, para los hombres de negocios, los periodistas y aquellas personas que no vienen como turistas, que deben solicitar un visado especial en los consulados cubanos o la oficina de intereses en el caso de los EE.UU..
Al llegar a Cuba su pasaporte debe contar, además de la visa de entrada, con una vigencia no menor de seis meses.
La visa puede ser expedida hasta por un término de 30 días. Posteriormente, si deseas extender tu estancia, puede solicitar la prórroga o extensión de tu visado en las oficinas de Inmigración y Extranjería.
Siempre lo deberás hacer antes de la fecha de vencimiento de la visa inicial que te fuera otorgada.