En cuanto a los cubanos que llegan de una misión en Venezuela y que traen algunos efectos personales, como siempre hacen cuando terminan la misión.
¿Es verdad que ahora también tiene que pagar impuestos en dólares para entrar sus paquetes?
Sí, es verdad que ahora tienen que pagar impuestos por los artículos que intenten ingresar al país, pero el cálculo en CUC solo será a partir del segundo viaje en un mismo año. La primera vez que la persona llegue a Cuba durante el año pagará en pesos cubanos.
Anteriormente los cubanos o pasajeros nacionales que regresaban al país en misión oficial o contratos en países como Venezuela o Ecuador no pagaban ningún impuesto por los bienes que, hasta por valor de 200 pesos, ingresaban al país.
Pero mediante la Resolución 222/2012 del Ministerio de Finanzas y Precios se establece que todo pasajero que importe artículos en exceso de los 50 pesos con 99 centavos y hasta un valor de 1000 pesos, pagarán una tarifa progresiva en correspondencia con el valor de la importación, de la siguiente forma:
a) Desde los 51 pesos hasta los 500 pesos con 99 centavos, pagarán un impuesto equiparable al 100% del valor del producto a importar.
b) Desde los 501 pesos hasta los 1000 pesos, pagarán un impuesto equiparable al 200% del valor del producto a importar.
La nueva Resolución no distingue en cuanto al tipo de viajero, estableciendo tarifas generales para todo tipo de persona que llega a la frontera cubana.
La resolución también establece que el pago de los aranceles será en pesos cubanos para los cubanos y extranjeros residentes permanentes, en la primera importación en un año calendario, o sea, del primero de enero al 31 de diciembre.
En la segunda importación y las siguientes que se realicen dentro del año calendario, el cálculo de los aranceles a pagar se realizará en pesos convertibles o CUC y se aportarán en pesos cubanos atendiendo a la tasa de cambio vigente en el momento de la importación.
Pero si el viajero es cubano residente el exterior o extranjero, las tasas siempre serán cubiertas en CUC.
¿Es verdad que ahora también tiene que pagar impuestos en dólares para entrar sus paquetes?
Sí, es verdad que ahora tienen que pagar impuestos por los artículos que intenten ingresar al país, pero el cálculo en CUC solo será a partir del segundo viaje en un mismo año. La primera vez que la persona llegue a Cuba durante el año pagará en pesos cubanos.
Anteriormente los cubanos o pasajeros nacionales que regresaban al país en misión oficial o contratos en países como Venezuela o Ecuador no pagaban ningún impuesto por los bienes que, hasta por valor de 200 pesos, ingresaban al país.
Pero mediante la Resolución 222/2012 del Ministerio de Finanzas y Precios se establece que todo pasajero que importe artículos en exceso de los 50 pesos con 99 centavos y hasta un valor de 1000 pesos, pagarán una tarifa progresiva en correspondencia con el valor de la importación, de la siguiente forma:
a) Desde los 51 pesos hasta los 500 pesos con 99 centavos, pagarán un impuesto equiparable al 100% del valor del producto a importar.
b) Desde los 501 pesos hasta los 1000 pesos, pagarán un impuesto equiparable al 200% del valor del producto a importar.
La nueva Resolución no distingue en cuanto al tipo de viajero, estableciendo tarifas generales para todo tipo de persona que llega a la frontera cubana.
La resolución también establece que el pago de los aranceles será en pesos cubanos para los cubanos y extranjeros residentes permanentes, en la primera importación en un año calendario, o sea, del primero de enero al 31 de diciembre.
En la segunda importación y las siguientes que se realicen dentro del año calendario, el cálculo de los aranceles a pagar se realizará en pesos convertibles o CUC y se aportarán en pesos cubanos atendiendo a la tasa de cambio vigente en el momento de la importación.
Pero si el viajero es cubano residente el exterior o extranjero, las tasas siempre serán cubiertas en CUC.