Aumentan salidas ilegales desde Ciego de Ávila, alerta Bahamas

Embarcación hallada cerca de las costas de Bahamas.

Las Bahamas detuvieron a 623 inmigrantes cubanos en 2022, la mayoría provenientes de salidas ilegales por mar desde la provincia de Ciego de Ávila, según datos de la Real Fuerza de Defensa de las Bahamas (RBDF) obtenidos por la agencia Reuters.

Los barcos salen cada vez más de la provincia central cubana de Ciego de Ávila, dijo a Reuters el Dr. Raymond King, comodoro de la RBDF.

La frecuencia de salidas de embarcaciones desde Ciego de Ávila ha aumentado de dos a seis embarcaciones en promedio por día, indicó King.

El oficial dijo que también había más cubanos a bordo de cada embarcación improvisada, con un promedio de ocho a 20 personas.

Lee también Cubanos que intenten salida ilegal del país irán a la cárcel

"La cantidad de inmigrantes cubanos interceptados hasta ahora ha aumentado significativamente durante los últimos dos meses", aseguró King.

En lo que va del año, 61 cubanos han sido interceptados en aguas de las Bahamas. En 2021, sólo llegaron 17.

Los barcos cubanos generalmente terminan en aguas de las Bahamas después de perder el rumbo o navegar en la dirección equivocada mientras intentaban llegar a Florida.

El nuevo Código Penal de Cuba impone penas de varios años de cárcel a quienes intenten salir ilegalmente de la isla y a quienes organicen y faciliten estas operaciones.

Las leyes son más recias, previendo sanciones de 10 a 30 años o cadena perpetua, para quienes en una operación de salida ilegal porten un arma u otro instrumento idóneo para la agresión; empleen "violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas"; si "se pone en peligro la vida de las personas o resultan lesiones o la muerte de alguna de estas"; si hay menores de dieciséis años; o si el hecho se comete por personas vinculadas a la delincuencia organizada transnacional.

Si en la salida interviene un funcionario público o personas vinculadas a la delincuencia organizada transnacional, la sanción es de privación de libertad de 8 a 20 años. El Artículo 286.1. dispone el mismo castigo para quien penetre en el territorio nacional utilizando medio naval o aeronave u otro medio de transporte, con la finalidad de realizar la salida ilegal de personas.

De manera general el Artículo 283.1. castigará a todo aquel que salga o realice actos tendentes a salir del territorio nacional, con una sanción de privación de libertad de 1 a 3 años o multa de trescientas a mil cuotas o ambas.