Autoridades cubanas revictimizan a presos políticos negándoles los beneficios carcelarios

Reyna Yacnara Barreto Batista. Imagen tomada de un video de La Hora de Cuba.

Son frecuentes las negativas de las autoridades a las peticiones de presos políticos en Cuba de cambios a régimen de menor rigor, o a la libertad condicional.

Las autoridades judiciales rechazaron, por segunda ocasión, la petición de libertad condicional a la prisionera política Reyna Yacnara Barreto Batista, condenada a cuatro años de trabajo correccional con internamiento, por participar en las protestas antigubernamentales del 11 de julio de 2021 en la ciudad de Camagüey.

La decisión judicial fue comunicada la semana pasada por los mandos del correccional El Anoncillo a la presa política.

“Le dijeron que está denegada por un año más, por la connotación del delito. Un año más, prácticamente, ya al tiempo de salir porque ya lleva dos años y cinco meses”, confirmó a Martí Noticias, Reyna Batista, la madre de la prisionera política.

La familia de la joven ha presentado ante las autoridades varios recursos, pero ninguno ha sido aceptado: “Le han denegado todos los recursos”.

En agosto de 2023, el tribunal de Camagüey impugnó otra petición de libertad condicional para Barreto Batista, “dieron las respuestas a los nueve meses”, lamentó la madre.

Lee también Niegan cambio a régimen de menor rigor a tres presos políticos cubanos

La abogada que hizo la solicitud al tribunal, informó a la familia que “se la denegaron por la connotación y peligrosidad del delito”.

“Después de esa petición de libertad condicional, yo hice una súplica de madre, me la denegaron. Pedí una licencia extrapenal porque, al principio de estar presa, ella se enfermó de los nervios mucho, se la denegaron”, apuntó Batista.

Reyna Yacnara, actualmente con 24 años, fue sancionada por los supuestos delitos de atentado y desórdenes públicos. Según explicó a nuestra redacción, antes de entrar a prisión, el cargo de atentado le fue impuesto por responder a la agresión de un agente policial durante la protesta.

“Cuando ella entró a cumplir la condena, a mí misma me informaron en el correccional que ella tenía el derecho a la libertad condicional al cumplir su tercio de la sanción, es decir un año y cuatro meses, y que además tenía otros 55 días de rebaja”, relató Batista.

Aunque unos pocos manifestantes del 11 de julio, si han sido beneficiados con la libertad condicional, los funcionarios judiciales continúan negando, a la mayoría de los condenados por su participación en las históricas protestas, los beneficios estipulados por las leyes cubanas a los reclusos, de acuerdo a las denuncias de sus familiares.

“Mi hija dice que está convencida que le van a hacer cumplir los cuatro años”, expresó Batista, y “yo lo estoy igual: a cada uno de los manifestantes le van a hacer cumplir su sentencia, sin otorgarle ningún beneficio, cosa muy arbitraria porque los pederastas, los que están por abusos lascivos, los ladrones tienen más derechos que todos estos muchachos que salieron el 11 de julio”, recalcó la mujer.

También son frecuentes, las negativas de las autoridades a las peticiones de presos políticos de cambios a régimen de menor rigor.

Hace pocos días, el preso político Geovel Manso López se declaró en huelga de hambre en la cárcel el Pre de Santa Clara, para exigir se le permita el tránsito a un régimen menos severo, según la denuncia de su suegra, María Josefa Oramas.

Manso López fue sentenciado a seis años de privación de libertad por Atentado y Resistencia, luego de asistir a las demostraciones populares del verano de 2021.

La legislación cubana establece que el régimen de progresión penitenciario, así como la libertad condicional lo otorga el tribunal de ejecución, con el visto bueno de los mandos del Ministerio del Interior, del que forman parte los penales, que son los que determinan, en la práctica, quienes progresan y quienes no”, han coincidido abogados independientes en declaraciones a Martí Noticias.

“Hay delitos, en la práctica jurídica cubana, que la Fiscalía del Ministerio del Interior, denomina ‘delitos priorizados’, que son un grupo de delitos o un grupo de conductas que las autoridades determinan que esas personas no tienen derechos a ciertos beneficios penitenciarios. Uno de ellos es la progresión y eso lo que hace es revictimizar a las personas que han sido sancionadas”, señaló el jurista cubano, asentado en Canadá, Eloy Viera Cañive.