Camilo Loret de Mola le responde a los lectores
Tenemos un carro que nos vendió el estado en 1986.
Ahora queremos comprar un auto japonés que está vendiendo un extranjero que vive en Cuba.
¿Le podemos comprar el carro a un extranjero?, ¿tenemos que entregar el carro viejo para comprar el nuevo?
Actualmente la compra venta de vehículos motores entre particulares se encuentra liberada y sin restricciones.
Se ha eliminando la prohibición existente de que solo podían ser objeto de compraventa o donación de la propiedad los equipos anteriores a 1959.
No necesitas ningún permiso especial para adquirir un vehículo motor que sea propiedad de un particular. Basta con que acuerdes con el dueño el precio de la transacción.
Si el extranjero es un residente permanente podrás comprar el vehículo libremente, porque la nueva ley contempla a los residentes permanentes como si se tratara de particulares cubanos. No tienen restricciones para la venta de sus vehículos, sin importar la marca, el año o país de fabricación.
Si el extranjero es un residente temporal solo podrían comprarles el vehículo a los familiares cubanos del extranjero una vez que este termine su residencia en Cuba.
La nueva ley permite que los residentes temporales traspasen sus vehículos a sus cónyuges e hijos. Y una vez a nombre de estos lo podrán vender libremente a particulares.
La nueva ley permite tener más de un vehículo a tu nombre y suprime la restricción de que las personas naturales que recibieran autorización para comprar un vehículo y fueran propietarias de otro debían traspasar este último al Estado o darle baja.
Ahora queremos comprar un auto japonés que está vendiendo un extranjero que vive en Cuba.
¿Le podemos comprar el carro a un extranjero?, ¿tenemos que entregar el carro viejo para comprar el nuevo?
Actualmente la compra venta de vehículos motores entre particulares se encuentra liberada y sin restricciones.
Se ha eliminando la prohibición existente de que solo podían ser objeto de compraventa o donación de la propiedad los equipos anteriores a 1959.
No necesitas ningún permiso especial para adquirir un vehículo motor que sea propiedad de un particular. Basta con que acuerdes con el dueño el precio de la transacción.
Si el extranjero es un residente permanente podrás comprar el vehículo libremente, porque la nueva ley contempla a los residentes permanentes como si se tratara de particulares cubanos. No tienen restricciones para la venta de sus vehículos, sin importar la marca, el año o país de fabricación.
Si el extranjero es un residente temporal solo podrían comprarles el vehículo a los familiares cubanos del extranjero una vez que este termine su residencia en Cuba.
La nueva ley permite que los residentes temporales traspasen sus vehículos a sus cónyuges e hijos. Y una vez a nombre de estos lo podrán vender libremente a particulares.
La nueva ley permite tener más de un vehículo a tu nombre y suprime la restricción de que las personas naturales que recibieran autorización para comprar un vehículo y fueran propietarias de otro debían traspasar este último al Estado o darle baja.