Soy fanático de la cría de gallos de lidia, pero no los peleo, solo los vendo, ¿me pueden acusar de juego prohibido?
No te pueden acusar de juegos prohibidos, porque la actividad a la que te dedicas no está dentro de las figuras perseguidas en el delito de juegos prohibidos, del código penal cubano.
Al describir que se entiende por juego prohibido, la ley 62, o código penal vigente, establece en su artículo 219, que serán responsables de este delito las personas que directamente participen en el acto de jugar al prohibido.
Y un criador de gallos nunca es un sujeto activo en el acto de apostar, competir o llevar las apuestas del juego. Así que partiendo del propio texto del artículo, un criador de gallos jamás podrás ser sancionado por la figura básica del delito.
Al revisar otros artículos del código penal que se asocien o tengan relación con el artículo del juego prohibido, comprobamos que ninguno contempla la cría de gallos de lidia como una ilegalidad.
Tampoco se encuentra perseguida como contravención o violación de menor cuantía.
Por lo que, categóricamente podemos asegurar que la cría de gallos de lidia no es perseguida penalmente en ninguna de las modalidades contempladas por la ley.
Tampoco existe ninguna restricción administrativa o civil para la cría de estos animales, así que los puedes mantener sin problemas en tu propiedad y desarrollar tu cría.
La situación cambia al momento en que realizas la venta de tus gallos a otras personas. Porque este acto puede ser interpretado como una supuesta participación tuya en la promoción del juego ilícito, puesto que las autoridades pudieran argumentar que sin criadores de gallos no hay pelea de gallos.
Pero en términos legales no es permitido suponer para acusar, así que tendrían que demostrar que vendes los gallos a personas que se dediquen a este tipo de lidia.
También tendrían que probarte que lo hacías a sabiendas de que los compradores lo usarían para actos ilegales.
O probar que tenías suficientes elementos para suponer que estas personas a las que vendes los gallos son jugadoras o peleadoras de gallos, o que los revenderán para esta práctica.
Son condiciones muy difíciles de probar y por ello será siempre muy difícil que se te acuse de ser promotor del juego prohibido.
Así que te repito: por criar y vender gallos de lidia no cometes ningún delito y no te puede acusar de juego prohibido.
No te pueden acusar de juegos prohibidos, porque la actividad a la que te dedicas no está dentro de las figuras perseguidas en el delito de juegos prohibidos, del código penal cubano.
Al describir que se entiende por juego prohibido, la ley 62, o código penal vigente, establece en su artículo 219, que serán responsables de este delito las personas que directamente participen en el acto de jugar al prohibido.
Y un criador de gallos nunca es un sujeto activo en el acto de apostar, competir o llevar las apuestas del juego. Así que partiendo del propio texto del artículo, un criador de gallos jamás podrás ser sancionado por la figura básica del delito.
Al revisar otros artículos del código penal que se asocien o tengan relación con el artículo del juego prohibido, comprobamos que ninguno contempla la cría de gallos de lidia como una ilegalidad.
Tampoco se encuentra perseguida como contravención o violación de menor cuantía.
Por lo que, categóricamente podemos asegurar que la cría de gallos de lidia no es perseguida penalmente en ninguna de las modalidades contempladas por la ley.
Tampoco existe ninguna restricción administrativa o civil para la cría de estos animales, así que los puedes mantener sin problemas en tu propiedad y desarrollar tu cría.
La situación cambia al momento en que realizas la venta de tus gallos a otras personas. Porque este acto puede ser interpretado como una supuesta participación tuya en la promoción del juego ilícito, puesto que las autoridades pudieran argumentar que sin criadores de gallos no hay pelea de gallos.
Pero en términos legales no es permitido suponer para acusar, así que tendrían que demostrar que vendes los gallos a personas que se dediquen a este tipo de lidia.
También tendrían que probarte que lo hacías a sabiendas de que los compradores lo usarían para actos ilegales.
O probar que tenías suficientes elementos para suponer que estas personas a las que vendes los gallos son jugadoras o peleadoras de gallos, o que los revenderán para esta práctica.
Son condiciones muy difíciles de probar y por ello será siempre muy difícil que se te acuse de ser promotor del juego prohibido.
Así que te repito: por criar y vender gallos de lidia no cometes ningún delito y no te puede acusar de juego prohibido.