¿Es cierto que ya se pueden llevar equipos de alto consumo eléctrico a Cuba?

¿Es cierto que ya se pueden llevar equipos de alto consumo eléctrico a Cuba?

Sí, es cierto. Las autoridades aduanales cubanas han autorizado el ingreso al territorio nacional de equipos catalogados como de alto consumo eléctrico, derogando así una prohibición que estuvo vigente por ocho años.

La Resolución número 143 del 2013 de la aduana general de la república, autoriza y libera la importación por personas naturales, sin carácter comercial, de equipos electrodomésticos y ciclomotores eléctricos.

Entre los artículos permitidos por la nueva resolución se encuentran refrigeradores domésticos, freezers, aires acondicionados, cocinas, hornos microondas, duchas, planchas, tostadoras y bicicletas eléctricas.

La resolución no deja de establecer restricciones a la hora de ingresar este tipo de artículos al país, precisando una serie de requisitos que deberán cumplir las importaciones de equipos electrodomésticos, así como sus partes y piezas fundamentales.

En el caso de los aires acondicionados, podrán ser importados de cualquier tipo o modelo, siempre que su capacidad no excede de una tonelada o 12,000 BTU.
También se podrán importar todos los modelos de cocinas y hornillas eléctricas, y de las denominadas vitrocerámicas de inducción, siempre que su consumo eléctrico no exceda 1,500 watt, por parrilla.

Podrán importarse hornos eléctricos de los denominados microondas o microwave, de cualquier modelo, siempre que su consumo eléctrico no exceda 2,000 watt.

En un anexo a la resolución se establece que los valores admitidos como precios de los equipos oscilarán entre 500 y 100 dólares para las cocinas eléctricas, 300 dólares para refrigeradores y freezers, 200 dólares para los ciclomotores eléctricos, y entre 200 y 150 dólares para los aires acondicionados.

El resto de los artículos aparecen valorados en menos de 100 dólares.

La resolución indica que cada viajero podrá traer al país dos equipos en cada categoría establecida, aunque no se especifica si se determinará un límite de acuerdo a las entradas que haga durante un año, como establecen las reglas aduanales para otros artículos no comerciales.