Dirigentes cubanos podrán tener doble ciudadanía, según nuevo Decreto Ley

Díaz-Canel y sus acompañantes en San Antonio de los Baños, el pueblo que inició la chispa del estallido nacional contra el régimen comunista.

Un nuevo Decreto Ley, que otorga al presidente de Cuba la potestad de permitir que un cubano con doble ciudadanía se desempeñe en la dirigencia del país, fue aprobado el miércoles por el Consejo de Estado.

Miguel Mario Cabrera Castellanos, jefe de la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, presentó la propuesta que establece que "puede aprobarse excepcionalmente por el Presidente de la República el desempeño en un cargo de cuadro a una persona que posea otra ciudadanía, además de la cubana, a propuesta de la autoridad correspondiente, salvo los supuestos previstos en la ley".

El ARTÍCULO 36 de la Constitución de Cuba contempla que "la adquisición de otra ciudadanía no implica la pérdida de la ciudadanía cubana". Sin embargo, afirma que "los ciudadanos cubanos, mientras se encuentren en el territorio nacional, se rigen por esa condición, en los términos establecidos en la ley y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera".

La nueva disposición aprobada esta semana modifica el artículo 18, del decreto ley no. 13 sobre el «Sistema de Trabajo con los Cuadros del Estado y el Gobierno y sus Reservas», del 18 de junio de 2020.

La sesión estuvo presidida por el presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Esteban Lazo Hernández y por el gobernante Miguel Díaz-Canel.

En ese evento se discutieron cuatro proyectos de ley con vistas al Octavo Período Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura del Parlamento cubano, convocado a partir del próximo 21 de diciembre. Se trata de normativas relacionadas a los Tribunales Militares, el Proceso Penal Militar; el Ordenamiento Territorial y Urbano y la Gestión del Suelo.