Estancia en EEUU bajo visa de turismo B-2 sólo podrá extenderse por 6 meses, explica abogado

Una cubana muestra su pasaporte cubano obtenido en una oficina de inmigración en La Habana, Cuba. (Reuters/Archivo)

El cubano que desee venir a los Estados Unidos con una visa de no inmigrante B-2, de entradas múltiples, con validez por cinco años ó 60 meses, sólo podrá permanecer en el país temporalmente y demostrar capacidad de mantenerse económicamente.

El abogado de Inmigración Ángel Leal explicó a Martí Noticias las regulaciones de esta clase de visados.

“Es para un extranjero que tiene una intención ‘no interrumpida’ de regresar a su domicilio extranjero ‘no abandonado’. Es una visa de turismo, de paseo, recreacional, no se puede trabajar, no se puede estudiar. Esto es, vacaciones o visita familiar”, aclaró Leal.

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Abogado de emigración explica normas del visado B-2 para cubanos

La reanudación de la visa B-2, que está contemplada en el Calendario de Reciprocidad del Departamento de Estado, fue suspendida en 2019 bajo la administración del presidente Donald Trump.

Leal hizo énfasis en las características de este modelo de visado.

“Entonces, le van a permitir entrar múltiples veces en el período de los 5 años de la visa, pero la estadía autorizada es de 6 meses máximo; no se puede quedar más de 6 meses. Esta visa no es para emigrar, esta visa es para una entrada temporal”, puntualizó el letrado.

A la pregunta de que si el cubano beneficiario de una visa B-2 puede acogerse a la Ley de Ajuste Cubano, el jurista apuntó: “En teoría sí, porque es una admisión. Ojo -advirtió Leal- si viene con la intención de quedarse (en EEUU) con la visa de turista, le pueden acusar de un fraude migratorio por mal utilizar la visa de turismo con la intención de emigrar a este país”, señaló.

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En cuanto a la posibilidad de acceder a la residencia norteamericana, Leal señaló que “en teoría, si no vino con la intención de quedarse, y por un motivo imprevisto se termina quedando, podría calificar para la Ley de Ajuste Cubano”, indicó.

Los cubanos deberán solicitar la visa de no inmigrante en un tercer país, detalló el jurista.

“En estos momentos, todavía hay que pedir la visa de turista, la visa de no inmigrante, en terceros países. Hay pocas visas que se van a tramitar en Cuba, en casos de emergencias, diplomáticos, cosas así, pero, en general, no están tramitando visas de no inmigrantes en La Habana, Cuba”, concluyó.

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El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) de Estados Unidos, a través de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), anunció recientemente la reapertura de su oficina en La Habana para agilizar "trámites de inmigración y beneficios", incluidos casos pendientes de reunificación familiar por Parole y de familiares de refugiados o asilados en EEUU.

La oficina de USCIS en La Habana realizará entrevistas y el procesamiento de casos pendientes de Reunificación Familiar por Parole de Cuba (CFRP) y la Petición I-730, para Familiares de Refugiados/Asilados, además de otros servicios limitados, como la 'recolección de biometría para solicitudes de visa tipo U'. La entidad federal especificó que "los servicios en la Oficina de USCIS en La Habana estarán disponibles sólo con cita".