Un fallo judicial determinó el martes que el Tribunal Superior de Londres no tiene jurisdicción para escuchar la demanda presentada por la firma de inversión CRF I Ltd contra el gobierno cubano por el impago de dos préstamos de 72 millones de euros, que originalmente fueron otorgados a Cuba por bancos europeos en la década de 1980.
La jueza Sara Cockerill dictaminó que el Tribunal Superior no tenía jurisdicción en el caso contra el gobierno, pero sí contra el Banco Nacional de Cuba (BNC), que hasta 1997 ejercía como banco central, y que se mantuvo como responsable del registro, control y servicio de la deuda.
CRF I exigió en el juicio celebrado en febrero ser reconocido como acreedor legítimo para reclamar al Estado cubano la satisfacción de la deuda con sus fondos y activos, y denunció que el régimen cubano había manipulado el caso para eludir sus obligaciones, incluso con las condenas en mayo de 2021 de varios funcionarios implicados en el traspaso de la deuda cubana, del banco ICBC Standard Bank al fondo inversor británico CRF I, firmado el 25 de noviembre de 2019.
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La jueza Cockerill dijo el martes que la firma registrada en las Islas Caimán había tenido éxito en su demanda contra el BNC y que, "al mismo tiempo, ha perdido contra Cuba".
El presidente de CRF, David Charters, dijo en un comunicado citado por la agencia Reuters que su empresa seguirá comprometida "a encontrar una solución con Cuba que no tenga ningún impacto en su presupuesto durante al menos cinco años, reconociendo la difícil situación económica que enfrenta el país".
"BNC era el banco central de Cuba y sigue siendo responsable de administrar estas deudas cubanas impagas. Cuba ganó un punto técnico en este juicio que ya hemos subsanado y no esperamos que este tema afecte el resultado final final, que es una victoria completa para CRF", indicó el ejecutivo.
El BNC es un banco estatal cubano con atribuciones comerciales, pero que hasta 1997 ejercía también de banco central. En ese año, el Gobierno cubano creó el Banco Central de Cuba (BCC) y limitó las funciones del BNC a las comerciales. Sin embargo, siguió responsabilizándose del registro, control y servicio de la deuda que había colocado. Esto significa que quien respondería en primer lugar ante la deuda sería el BNC.
Por eso CRF I demandó también a la República de Cuba. En caso de ganar el juicio, también podría reclamar al Estado cubano la satisfacción de la deuda con sus fondos y activos.
El vocero oficialista cubano Humberto López, quien asistió al juicio celebrado en Londres, aseguró este martes que la resolución judicial confirma que el BNC no cuenta con capacidad legal ni autoridad para representar al país y que la República de Cuba es inmune a la jurisdicción inglesa y no tiene obligación alguna de responder con su patrimonio ante esta demanda."CRF no es acreedor del Estado cubano, lo que significa que la República de Cuba queda fuera del pleito. En lo adelante el proceso continuará solamente contra el Banco Nacional de Cuba, quien tendrá derecho a establecer las reclamaciones que le permite la ley inglesa", aseguró López en un artículo publicado en Cubadebate.
En el mes de febrero, dos ministros cubanos manifestaron a Financial Times que existía la voluntad de comprometerse con los acreedores.La publicación especializada recordó que el régimen de Cuba aseguró un acuerdo en 2015 con el Club de París para cancelar más de las tres cuartas partes de la deuda pero no ha llegado a tal acuerdo con el sector privado, donde el estimado de la deuda cubana asciende a $ 7 mil millones.