Muere un joven de 20 años mientras cumplía el Servicio Militar en Cuba

Leandro Muñoz Zamora se suicidó el pasado 12 de junio mientras cumplía el Servicio Militar Obligatorio

Leandro Muñoz Zamora, un joven de 20 años residente en la ciudad de Santa Clara, falleció luego de lanzarse desde la ventanilla de un ómnibus de la Empresa Constructora Militar en la mañana del pasado 12 de junio.

En un inusual reporte de la prensa estatal relatan que el recluta estaba siendo trasladado a Matanzas para continuar allí su Servicio Militar Obligatorio.

"El hecho ocurrió cerca de las 10:00 a.m. en el kilómetro 254 de la Autopista Nacional, en la provincia de Villa Clara. Muñoz Zamora viajaba junto a otros 11 soldados, tres civiles y el chofer hacia la ciudad matancera, donde continuaría su misión como parte del Servicio Militar Activo", recoge la nota de prensa de la emisora CMHW.

El régimen no publica las cifras de personas que fallecen en el SMO pero según registros de la organización independiente Cubalex, consultados por Martí Noticias, desde 2022 han muerto al menos otros 16 jóvenes en activo.

Ese año varios reclutas de la brigada de bomberos en Matanzas fallecieron durante la extinción del fuego en la Base de Supertanqueros, el incendio más grande registrado en la isla en las últimas décadas. A raíz de ese incidente, ganó fuerza un movimiento impulsado por madres y padres que se oponían a que sus hijos fueran reclutados.

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En Cuba el Servicio Militar es obligatorio por dos años para los hombres entre los 17 y los 28 años. A quienes reciben carreras universitarias, el término se le reduce a la mitad.

A mediados de 2023, el Parlamento aprobó un nuevo código penal militar que incluye sanciones de hasta 5 años de cárcel a los que se nieguen a pasar el SMO. La normativa condena además a aquellos que no respondan al llamado o se autolesionen para evitarlo.

“Quien, con la intención de evadir definitivamente el servicio militar, abandone la unidad o lugar donde preste el servicio, o deje de presentarse cuando deba hacerlo, incurre en sanción de privación de libertad de dos a cinco años”, estipula el artículo 41 del capítulo III de la norma.