Nueva constitución en Cuba: artículos "en piedra" y mutaciones en derechos y economía

Cuba inicia el debate parlamentario para reformar su Constitución

No se someterán a referendo artículos "pétreos" acerca de la inmutabilidad del socialismo y el papel del PC. ¿Volverán los tribunales de garantías? Constitución no limitará la concentración de riqueza, sino la de propiedades.

La Asamblea Nacional de Cuba se reunió este sábado en el Palacio de las Convenciones para aprobar un anteproyecto de reforma de la Constitución.

El foro parlamentario conoció hoy la propuesta de nueva carta magna, que ya ha sido revisada en varias instancias por el Partido Comunista.

En la sesión de la tarde un diputado sugirió agregar las palabras "y defensa" donde el Art.5 de la Constitución vigente dice "la construcción del socialismo"

Art 5. El Partido Comunista de Cuba, martiano y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista.

Quedaría redactado así: “La construcción y defensa del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista”, según reportó la prensa oficial.

Al estilo de...

Homero Acosta, miembro de la Comisión creada al efecto hace un mes y que preside el exgobernante Raúl Castro, dijo que desde 2013 se habían estado estudiando para esta asignación del Politburó textos constitucionales de países como China y Vietnam (que han desarrollado sistemas socialistas de mercado) y otros como Venezuela, Bolivia y Ecuador (que emprendieron revisiones bajo gobiernos afiliados al Socialismo del siglo XXI). También otros de Africa y América Latina.

Acosta dio por hecho que el Parlamento aprobaría este sábado el nuevo texto para luego someterlo a consulta popular, que regrese a la Asamblea para una nueva discusión y votación nominal, y que luego sea objeto de un referendo. La nueva versión incluiría 227 artículos en lugar de los 137 actuales, con 87 nuevos, 113 modificados y 11 eliminados.

Descartó que haya que crear con este fin una Asamblea Constituyente, porque este sería un proyecto sin precedentes, “en el que todo el pueblo sería constituyente”. Incluso superior, según él, a la Constitución de 1940 diseñada por la “democracia burguesa” con la participación de los comunistas, de la que reconoció grandes avances para su época en materia de derechos.

Descartó que esta sea una reforma parcial de la Constitución Socialista de 1976, asegurando que se trata de una nueva Constitución creada en los marcos de los principios del socialismo.

Intocables...

Respecto al referendo subrayó que a este solo se someterían aspectos del proyecto, pero no los que describió como “contenidos pétreos o intangibles”, entre ellos:

-El carácter socialista del sistema económico, político y social de Cuba

-El papel rector del Partido Comunista en la sociedad cubana

-La irrevocabilidad del socialismo en Cuba

-La propiedad socialista “de todo el pueblo” sobre los medios de producción.

Sin embargo mencionó la necesidad de hacer ajustes en la Constitución derivados de los cambios introducidos por los congresos del Partido Comunista.

¿Garantías contra los abusos?

Acosta anticipó entre las novedades el dar una mayor hegemonía y normatividad a la Constitución a fin de amparar a los ciudadanos contra las violaciones de sus derechos.

Aunque calificó de “inalcanzable” el poder recoger todos los detalles de la protección a los derechos en la Constitución dijo que se incorporaba a la Carta Magna una amplia gama de nuevos derechos, algunos relacionados con el debido proceso, incluyendo el hábeas corpus (Activistas cubanos de derechos humanos han sugerido desde finales de los años 80 la incorporación a la Constitución cubana de los 30 artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de la que Cuba es signataria).

Aunque no lo dio por hecho, el funcionario sugirió que en el marco de un nuevo Estado socialista de Derecho podría legislarse la creación de un Tribunal de Garantías Constitucionales (estos existían en la de Constitución 1940) entre otras nuevas herramientas de defensa de los derechos.

Sin embargo al hablar de las relaciones internacionales en el proyecto el funcionario mencionó “la defensa de los derechos humanos desde nuestra visión”, y dijo que su gobierno defendía “los derechos humanos verdaderos”.

Respecto a los límites en el ejercicio de los derechos dijo que estos estarán dados “por la Constitución y la ley". (En la de 1976 los límites están concentrados en el artículo 62: “Ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos puede ser ejercida contra lo establecido en la Constitución y las leyes, ni contra la existencia y fines del Estado socialista, ni contra la decisión del pueblo cubano de construir el socialismo y el comunismo. La infracción de este principio es punible”).

Límites a la propiedad, no a la riqueza

Con respecto a los cambios en el articulado relativo a la economía, después de reiterar el papel central de la propiedad socialista, la empresa estatal ("principal generador de riqueza" y la planificación, indicó que era necesario actualizar el texto para incluir el papel del mercado.

Admitió que la propiedad privada sería una de las formas de propiedad reconocidas en el texto, pero que serían las leyes las que determinarían la existencia y las regulaciones de las micro, pequeñas y medianas empresas.

Sugirió que al reconocer la propiedad privada en la Constitución no sería impensable que un emprendedor privado cubano con ingresos legítimos pudiera formar parte de una empresa mixta, las que hasta ahora se limitan a asociaciones entre el Estado e inversores extranjeros.

Acerca del reiterativo tema de la “concentración de riqueza en sujetos no estatales” dijo que esta sería regulada en la Constitución por la vía de limitar la concentración de la propiedad. Admitió que para alcanzar un socialismo próspero es necesario no solo impulsar la prosperidad social, sino también la prosperidad individual. “No podemos limitar lo que gane un deportista, lo que gane un campesino, sino hacer que paguen los debidos impuestos”, dijo

Acosta, quien también es secretario del Consejo de Estado, indicó que la nueva Constitución reconocerá asimismo el papel de la Inversión extranjera como dinamizadora de la economía y elemento necesario y en algunos casos imprescindible para el desarrollo del país.

Matrimonio gay

La nueva constitución definirá el matrimonio como la "unión voluntariamente concertada entre dos personas con aptitud legal para ello", de manera que da luz verde a la legalización de las bodas homosexuales.

"No dice que se trata del matrimonio igualitario, solo rompe con esa barrera de modo que en el futuro se podría incorporar", aclaró Acosta.

La Constitución vigente (1976) define el matrimonio "como la unión concertada voluntariamente entre un hombre y una mujer".

"Creo que (la modificación del concepto de familia) es un acto de justicia y creo que refuerza el principio revolucionario de humanismo y equidad. Se evita también esa discriminación que por distintas razones se ha padecido (en el país)", señaló.

"Este es un asunto en el que hay que asumir una posición" expresó Acosta.

"El pueblo va a entender las razones" para este cambio, apuntó.