Los medios oficiales cubanos adelantaron este sábado detalles de una reforma constitucional que incluye una amplia remodelación de las ramas ejecutiva y legislativa, límites de mandato para el presidente, la legitimación de mecanismos de mercado y propiedad privada, y otras actualizaciones del texto anterior de 1976, al tiempo que mantiene intactos la irrevocabilidad del socialismo, el papel dirigente del Partido Comunista y otros fundamentos doctrinarios.
Se espera que el proyecto, para el que se formó un Grupo de Trabajo por decisión del "máximo órgano de dirección del Partido el 29 de junio del 2014” y que ya ha sido presentado “al Buró Político y al Pleno del Comité Central del Partido Comunista” obtenga el visto bueno de la Asamblea Nacional este mes en tres días de sesiones. Luego debería ser sometido a consulta popular y a un referendo.
El texto revisado reafirma el carácter socialista del “sistema político, económico y social, así como el papel rector del Partido Comunista de Cuba como fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado”.
En el ámbito económico se ratifica “la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción y la planificación como componente principal de dirección”, con la empresa estatal como sujeto central, a lo que se añade el reconocimiento del papel del mercado y de nuevas formas de propiedad, entre ellas la privada”, y el de“la importancia de la inversión extranjera para el desarrollo económico del país, con las debidas garantías”.
En materia de derechos se resalta la incorporación a los derechos de igualdad, de los de no ser discriminado por identidad de género, origen étnico y discapacidad.
La especialista en Derecho Internacional y Máster en Derechos Humanos de American University Laritza Diversent, señaló a Martí Noticias que de acuerdo con la información ofrecida la nueva constitución sigue sin proscribir la discriminación por opinión política. Agregó que no se aclara qué jerarquía van a tener los seis tratados de derechos humanos de los que Cuba es parte en la administración del sistema de justicia. "Ningún tribunal cubano puede aplicar directamente esas normas internacionales", observó la jurista.}
También resaltó la ausencia de una cláusula que garantice los derechos de los trabajadores privados.
Por otra parte se anticipa que el documento establecería que “los derechos de las personas solo están limitados por los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, la Constitución y la ley”.
Esto representaría un cambio, al menos en la redacción, con respecto al repudiado artículo 62 de la Constitución de 1976 que condiciona políticamente el ejercicio de los derechos y lo penaliza al prescribir que “ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos puede ser ejercida contra lo establecido en la Constitución y las leyes, ni contra la existencia y fines del Estado socialista, ni contra la decisión del pueblo cubano de construir el socialismo y el comunismo. La infracción de este principio es punible”.
Diversent consideró que en este caso será necesario esperar por el texto completo para ver si hay un cambio en la sustancia del articulado.
La experta evaluó como positiva la desaparición de las dispendiosas Asambleas provinciales y sus órganos de administración, al establecerse gobiernos provinciales con un gobernador y un Consejo integrado por los presidentes de las Asambleas Municipales.
La especialista considera igualmente beneficiosa la propuesta de que el Consejo Electoral Nacional se convierta en un órgano de rango constitucional.y por tanto permanente y profesional, aunque señala que preocupa cómo serían elegidos sus integrantes para mantener una independencia de los demás poderes.
En un paralelismo con los sistemas parlamentarios democráticos la reforma crearía el puesto de primer ministro junto con el de presidente, dividiendo así los roles de jefe de gobierno y jefe de Estado, aunque este último añadiría a sus poderes el de presidir también la Asamblea Nacional.
La ex directora de la acosada consultoría jurídica independiente Cubalex señaló que no se revela cómo será elegido el primer ministro ni si este tendría en realidad mayor poder ejecutivo que el jefe de Estado, como ocurre por ejemplo en la democracia española, o si también tendrá límites de mandato.
Con respecto a estos, la información oficial sólo los menciona con relación al cargo de Jefe de Estado, que continuará siendo elegido indirectamente por la Asamblea Nacional, hasta por dos períodos consecutivos de cinco años.
Your browser doesn’t support HTML5
La información no especifica si, como se ha especulado, se reducirá el elevado número de diputados al parlamento (605)
La nota oficial anticipa que “el documento será presentado a la Asamblea Nacional del Poder Popular los días 21, 22 y 23 del presente mes, con el objetivo de que se estudie por todos los diputados y se apruebe someterlo a la consulta con nuestro pueblo, principal artífice de este proceso”.