Régimen aprueba nuevos decretos de censura y contra movilizaciones en redes

Cubanos con sus celulares participan y transmiten imágenes del levantamiento popular en Cuba, ocurrido el 11 de julio. REUTERS/Stringer

A raíz del estallido nacional ocurrido el 11 de julio y divulgado tan ampliamente en redes sociales que pudo conectar a varias regiones del país en un mismo propósito y como antesala a la posibilidad de que Estados Unidos pueda ofrecer internet libre a Cuba, el régimen acaba de implementar nuevas leyes para vigilar y castigar el uso de Internet en la isla.

Se imponen así mayores restricciones al uso de Internet y redes sociales por medio de nuevas normas jurídicas que penalizarán lo que las autoridades consideren como "noticias falsas, mensajes ofensivos y la difamación con impacto en el prestigio del país".

Los responsables indican que la Resolución 105 “Modelo de Actuación Nacional para la respuesta a incidentes de Ciberseguridad” tiene carácter preventivo y alcance a toda la sociedad, además garantiza intercambio de información relativa a vulnerabilidades e incidentes de Ciberseguridad.

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Con esta medida se castigan los daños éticos y sociales o los incidentes de agresión en redes sociales y se considera como difusión dañina los contenidos que "atentan contra los preceptos constitucionales, sociales y económicos del estado, incite a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público; difundan mensajes que hacen apología a la violencia, accidentes de cualquier tipo que afecten la intimidad y dignidad de las personas”.

La normativa reconoce como ciberterrorismo los llamados a "subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas y de masas, las estructuras económicas y sociales del estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o abstenerse de hacerlo. Alterar gravemente la paz pública. Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional. Provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella".

Wilfredo López Rodríguez, director de Regulaciones del Ministerio de Comunicaciones, mencionó el Decreto-Ley No 35 como la primera norma jurídica de rango superior sobre los servicios de Telecomunicaciones, las TICs y el Uso del Espectro Radioeléctrico.

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Cuba establece que los servicios privados de telecomunicaciones solamente pueden ser brindados a terceros con la autorización del Ministerio de Comunicaciones y que el espectro radioeléctrico constituye “un recurso de carácter escaso, limitado, inalienable, imprescriptible e inembargable, sobre el cual el Estado ejerce su soberanía, y no puede cederse en propiedad a personas naturales o jurídicas”.

La semana pasada la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), que pertenece al Departamento del Tesoro norteamericano, y la Oficina de Industria y Seguridad (BIS), del Departamento de Comercio, manifestaron su compromiso de “apoyar la libertad de Internet en Cuba”.

Las entidades federales dieron a conocer la Hoja informativa "Apoyar el derecho del pueblo cubano a buscar, recibir e impartir Información a través del acceso seguro y protegido a Internet". El documento destaca "las exenciones y autorizaciones pertinentes para apoyar al pueblo cubano a través de la provisión de ciertos servicios de internet, y servicios de telecomunicaciones relacionados".

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El pasado 30 de julio, en una reunión con líderes cubanoamericanos, el presidente Joe Biden, declaró que su Administración estaba "aumentando el apoyo directo al pueblo cubano al buscar todas las opciones disponibles para proporcionar acceso a Internet para ayudar al pueblo cubano a evitar la censura".

"Siempre sabes que algo no va bien cuando un país no permite que su gente esté en Internet y pueda dar a conocer su caso en todo el mundo”, declaró entonces el presidente durante la reunión celebrada en la Casa Blanca.