Piden investigar a intendentes municipales por negación de Marcha Cívica

Alexis Acosta Silva, intendente de La Habana Vieja fue el primero en declarar la marcha reprogramada por el Grupo Archipiélago para el próximo 15 de noviembre como "ilícita".

La Comisión Cubana de Defensa Electoral y Constitucional (COCUDE) reclamó a los gobiernos provinciales y a la Asamblea Nacional que inicien una investigación sobre la actuación de las Intendencias municipales, en su negativa a la aprobación de la Marcha Cívica del 15 de noviembre.

“La respuesta del intendente municipal a estos grupos en todo el país, primeramente, es antijurídica porque la respuesta debe darla a partir de escritos fundamentados como resoluciones que tienen que emitir, firmadas por él, y el visto bueno de algún asesor jurídico o una entidad superior”, explicó a Radio Televisión Martí, el consejero legal de la organización, Edilio Hernández.

El gobierno cubano declaró ilícita, a través de las intendencias municipales, la Marcha cívica por el cambio, calificándola de “provocación” y de ser “parte de la estrategia de ‘cambio de régimen’ para Cuba”, originada en Estados Unidos.

“Lo segundo es que la respuesta que dio es ilegal porque este intendente no tiene facultades para negar esa marcha, no la puede negar porque a él no se le pedía permiso para eso y porque no está en sus facultades resolver de la manera que lo hizo porque la respuesta que da, parte de elementos subjetivos que no están en lo argumentado en las cartas cívicas presentadas y por otra parte, él no puede declarar ilícito ningún derecho ciudadano, porque no está en sus facultades, eso corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en este caso, a la Comisión de Asuntos Jurídicos”, puntualizó el abogado.

Igualmente, COCUDE declaró inconstitucional y antijurídica la posición de la Fiscalía General, “en sus continuas amenazas sobre las consecuencias legales que podrían enfrentar los organizadores” de la Marcha por delitos de desobediencia, manifestación ilícita e incitación para delinquir.

“La Fiscalía, en aras de coartar este ejercicio, está amenazando, evidentemente, a los participantes de la marcha, usando argumentos que no son constitucionales ni jurídicos, porque uno no puede esgrimir la Constitución para otorgar un derecho y a la vez negarlo. Para eso están las leyes complementarias y como no se han aprobado, aún prevalece lo que está en la Constitución. Así es la doctrina constitucional en el mundo entero”, afirmó Hernández.

“Una programada ‘Ley de procedimiento de manifestación’ que se debería hacer no se ha hecho, se ha pospuesto, como también la ‘Ley de reclamación ante los tribunales de violaciones de derechos constitucionales’.

La manifestación convocada por activistas, la mayoría pertenecientes a la plataforma virtual Archipiélago, cuenta con el amparo legal del artículo 56 del capítulo III sobre los derechos ciudadanos, planteados en la Constitución aprobada en 2019.

El órgano acusatorio cubano recurre al artículo 156 del capítulo VI de la Carta Magna, para impedir, en vez de proteger y garantizar, el desarrollo del evento ciudadano, “en frontal contradicción al dictado constitucional sobre derechos y libertades”, alegando argumentos sin sustento probatorio contra los organizadores y firmantes, indicó el comunicado de COCUDE.

De esa forma incurre la Fiscalía cubana en los delitos de perjurio y difamación previstos y sancionados en el código penal vigente, además de los daños cívicos y morales ocasionados, aseguró el abogado.

La marcha, propuesta inicialmente para el día 20 de noviembre, y después trasladada para el 15, debido al anuncio de ejercicios militares, tiene como objetivos el cese de la violencia, el respeto de todos los derechos de todos los cubanos, la liberación de los presos políticos y la solución de las diferencias a través de vías democráticas y pacíficas.