Relator CIDH: Cuba violó obligaciones de Declaración Americana de Derechos en caso de Payá y Cepero

Oswaldo Payá y Harold Cepero.

El Relator para Cuba de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Stuardo Ralón, dijo que tras su investigación sobre la muerte de los activistas Oswaldo Payá y Harold Cepero en un accidente automovilístico en 2012, la Comisión concluyó que Cuba violó obligaciones de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

La CIDH halló al gobierno cubano responsable de las muertes de los activistas por la democracia y concluyó que agentes estatales estuvieron involucrados en el incidente. El informe de la Comisión, publicado el lunes, señaló también que el gobierno había violado los derechos a la vida, al honor y la libertad de expresión de los hombres.


En entrevista con Martí Noticias, el Comisionado Ralón explicó que el organismo, por reglamento, no realiza investigaciones de carácter penal, sino que establecen si los estados violaron obligaciones internacionales que previamente asumieron en materia de derechos humanos.

“Hay obligaciones de garantía y obligaciones de respeto. En las de garantía, el Estado tiene que crear las condiciones del debido proceso, de que toda investigación se lleve, cuando es contra un defensor de derechos humanos, agotando las líneas de investigación, permitiendo a los familiares de las víctimas acceder a las pruebas, eso debe garantizarse y aquí no ocurrió. Y también están las obligaciones de respeto y es que no haya un miembro del Estado que haya vulnerado los derechos y acá todos los indicios aparentan que hubo una participación directa de agentes del Estado en la muerte de estos 2 importantes defensores de derechos humanos”, explicó el Comisionado.

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Explicó, además, que el estado cubano “no cooperó con la investigación de la CIDH y no rebatió ninguno de los argumentos de los peticionarios”.

“Fue notificado o enviadas las comunicaciones para externar a opinión y guardó silencio durante todo el proceso y no presentó ningún argumento para contravenir esto”, dijo.

El comisionado añadió que la CIDH llegó a la conclusión de que se violaron los derechos de debido proceso de defensa, ya que “hubo un secretismo total en el proceso donde no se le permitió a los familiares de las víctimas tener acceso a las autopsias, no se les permitió estar como parte procesal aportando pruebas o cuestionando las mismas, y no se agotaron todas las líneas de investigación, sino que fue un proceso que en secretismo que pretendió culpar a una persona en específico y que no se investigará si efectivamente habían sido agentes del Estado”.

Ralón se refería al español Ángel Carromero, que conducía el auto en el que viajaban Payá, Cepero y el sueco Aron Modig. Carromero fue sancionado a cuatro años de cárcel por homicidio involuntario, y liberado poco después.

La CIDH dijo en su informe que, en particular, tomó en cuenta el testimonio de Carromero, que indica que el automóvil en el que viajaban había sido impactado por un auto oficial, lo cual fue corroborado por un testigo ocular.