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Amazon y Carbón Fogo piden desechar demanda al amparo de la Ley Helms-Burton


Paquetes de Amazon. (REUTERS/Mike Segar/Archivo)
Paquetes de Amazon. (REUTERS/Mike Segar/Archivo)

Fogo Charcoal y Amazon, productora y distribuidora respectivamente del carbón hecho con marabú cubano, le han pedido a la Corte de Distrito Sur en Miami que desestime la demanda presentada contra esas compañías por el abogado Santiago Cueto a nombre de Daniel A. González, heredero de los terrenos donde crece el marabú en la actual provincia de Granma.

La reclamación fue hecha al amparo de la Ley Libertad, comúnmente conocida como Ley Helms-Burton, cuyo Título III puso en vigor en mayo del año pasado la administración de Donald Trump tras consecutivas suspensiones de gobiernos demócratas y republicanos.

Nicolás (Nick) Gutiérrez es un experto en demandas presentadas al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton.
Nicolás (Nick) Gutiérrez es un experto en demandas presentadas al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton.

“Hasta ahora, dos jueces en el caso de [la firma de cruceros] Carnival Cruise Lines se negaron a desestimar las demandas del Dr. Javier García-Bengochea y de la Familia Behn”, dijo el miércoles a Radio Televisión Martí Nicolás Gutiérrez, presidente de la Asociación de Colonos de Cuba en el exilio y experto en los vericuetos legales de la ley.

Uno de los magistrados, la jueza Beth Bloom, cambió luego de opinión y se negó a darle curso a otras dos demandas presentadas por Havana Docks contra la misma línea de cruceros, añade Gutiérrez.

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“Ese fallo se está apelando y se ha pedido una reconsideración de una corte de Distrito, y en eso estamos”, declaró el experto. Ojalá que Daniel González y su abogado Cueto logren que la corte declare el caso de Amazon y Fogo “suficiente para cumplir los requisitos de la Ley Helms-Burton, y que por ende debe proceder”, dijo.

Primera página del texto legal de la solicitud para que la corte desestime la demanda contra Fogo Charcoal y Amazon.
Primera página del texto legal de la solicitud para que la corte desestime la demanda contra Fogo Charcoal y Amazon.

De acuerdo con la solicitud presentada por Fogo Charcoal (identificada también como Susshi International, Inc.) y Amazon, los demandantes deben probar no solo su derecho a acudir a las cortes al amparo del Título III de la Helms-Burton, sino presentar suficientes hechos que demuestren un deliberado intento de “traficar” con los terrenos confiscados por el régimen de Fidel Castro.

“El demandante tiene que probar tres cosas: primero, que es el dueño o heredero del dueño de la propiedad” con la cual alega que el demandado está traficando; “número dos, que la propiedad se les confiscó; eso es menos difícil, porque casi todo en Cuba fue sistemáticamente confiscado, y mucho de eso aparece en la Gaceta Oficial y otros decretos revolucionarios”, explica Gutiérrez.

La tercera es que se está traficando intencionalmente en la propiedad actualmente, dice el experto, y lo único que la ley exige es que al menos 30 días antes de la demanda, se notifique formalmente al presunto traficante por correo internacional registrado --y obtener un recibo-- con un formato del Departamento de Justicia que resume el Título III de la Helms Burton.

“Les piden que dejen de traficar en la propiedad, y si no lo hacen en 30 días, o si alternativamente no obtienen el permiso del dueño a través de un pago monetario, se puede presentar la demanda y pedir tres veces el valor por danos y perjuicios”, indica.

Horno de carbón en Camagüey. (Archivo)
Horno de carbón en Camagüey. (Archivo)

Amazon alega que antes de la carta que les da 30 días ellos no sabían, de acuerdo con el presidente de la Asociación de Colonos Cubanos.

“Por favor: cualquier [empresario] que invierte en Cuba está más que avisado de que en Cuba todo se robó a todos”, dice Gutiérrez. “Es casi imposible encontrar una propiedad económicamente valiosa en Cuba que no haya sido robada a su dueño. No todos son ciudadanos americanos hoy en día, pero una gran parte si lo son. Esto no debe sorprender a Amazon ni a Fogo ni a nadie”.

Ya han sido notificados con la carta de los 30 días, lo único que requiere el Titulo III, de manera que ese argumento no va a tener mucho valor en esta moción para desestimar la demanda de Daniel A. González, subraya el experto.

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