Cuba está entre un grupo de 16 países recomendados al Secretario de Estado de Estados Unidos para su designación como Países de Particular Preocupación por violaciones particularmente graves de la libertad de religión o creencias, según publicó el martes la Comisión de los Estados Unidos para la Libertad Religiosa Internacional (USCIRF).
El reporte coloca a la isla en el misma situación de Afganistán, Birmania, China, Eritrea, India, Irán, Nicaragua, Nigeria, Corea del Norte, Pakistán, Rusia, Arabia Saudita, Tayikistán, Turkmenistán y Vietnam.
En el caso de Cuba, el informe denuncia que en 2024, las condiciones de libertad religiosa siguieron siendo deplorables y que el régimen complementó "su opresivo marco legal con leyes que restringían aún más la libertad de religión o creencias, hostigaba a líderes y congregaciones religiosas y encarcelaba injustamente a personas por su actividad religiosa pacífica".
Por otra parte, el reporte destaca que a lo largo del año 2024, La Habana recurrió a su vasto aparato de seguridad y vigilancia interna para "acosar a líderes religiosos y fieles".
Además señala que la Seguridad del Estado, la Policía Nacional Revolucionaria y los Comités de Defensa de la Revolución, entre otros, participaron en este acoso.
"En marzo, las autoridades penitenciarias negaron a un preso político el acceso a materiales religiosos e impidieron que un sacerdote brindara atención pastoral a un paciente hospitalizado enfermo. En marzo y abril, las autoridades locales prohibieron arbitrariamente las procesiones de Semana Santa y Pascua en varias partes del país. En mayo, las autoridades prohibieron a un sacerdote católico tocar las campanas de una iglesia durante un apagón para protestar por las violaciones de derechos humanos cometidas por el gobierno cubano", agrega el reporte.
Entre sus recomendaciones al gobierno de Estados Unidos la USCIRF insta a:
■ Redesignar a Cuba como "país de especial preocupación" (PCP) por participar en violaciones sistemáticas, continuas y flagrantes de la libertad religiosa, según lo define la Ley de Libertad Religiosa Internacional (IRFA).
■ Imponer la prohibición de visas, según la Sección 7031(c), a funcionarios del gobierno cubano que hayan cometido graves violaciones de derechos humanos contra las Damas de Blanco, grupos religiosos no registrados como la Asociación Yoruba Libre y presos religiosos incluidos en la Lista de Víctimas de la USCIRF, e identificar públicamente a los sancionados.
■ Convocar un evento paralelo en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre las violaciones de derechos humanos cometidas por Cuba contra presos religiosos y grupos religiosos no registrados, que incluya el seguimiento de la conclusión del Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria sobre el encarcelamiento injusto del pastor Lorenzo Rosales Fajardo.
Además recomienda que el Congreso de los Estados Unidos debería:
■ Celebrar audiencias a través del Comité de Relaciones Exteriores del Senado, el Comité de Asuntos Exteriores de la Cámara de Representantes y la Comisión de Derechos Humanos Tom Lantos para denunciar las violaciones del gobierno cubano contra personas que participan en actividades religiosas pacíficas, grupos religiosos no registrados y presos por libertad de religión o creencias, centrándose en cómo la política estadounidense debería abordar estas violaciones;
■ Realizar convocatorias públicas bianuales a través del Caucus Bipartidista para la Democracia en Cuba para estudiar iniciativas para exigir responsabilidades a quienes violan la libertad religiosa en Cuba y para solicitar información que pueda conducir a la imposición de prohibiciones de visas.
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