Un año de prisión bajo el delito de "otros actos contra el desarrollo normal del menor" podrían enfrentar padres de dos niños judíos en Cuba tras denunciar en varias ocasiones el acoso escolar de que son víctimas por su condición religiosa.
La Fiscalía Municipal de Nuevitas, en Camagüey, dictaminó un veredicto en contra de Olaine Tejada y Yeliney Lescaille, judíos Bnei Anusim, quienes habían presentado una queja ante este órgano judicial tras la prohibición del director municipal de Educación de que sus hijos asistan a la escuela con la kipá, una pequeña gorra ritual usada por los varones judíos.
Los menores Danel Moisés Tejada, quien estudia el tercer grado en la primaria Aurelio Castillo, y Liusdan Martínez Lescaille, que cursa el séptimo grado en la secundaria América Latina, son los afectados por esta situación, denunció su padre Olaine Tejada a Radio Martí.
Ante esta decisión de la Fiscalía, el matrimonio ha decidido que llevaran nuevamente a sus hijos a la escuela sin quitarle la kipá cuando reinicie el curso escolar el próximo 6 de enero.
La familia contratará los servicios legales de un abogado para apelar esta decisión, dijo Tejada.
Ricardo Fernández Izaguirre, periodista independiente y activista por la libertad religiosa en Cuba, dijo a Radio Martí que la resolución ministerial 357 del 2015, usada por las autoridades para sustentar esta decisión, no aplica en este caso.
La resolución del Ministerio de Educación se refiere al uso del uniforme escolar, explicó el activista, pero Tejada presentó una denuncia sobre la arbitrariedad de las autoridades escolares al no permitir entrar a sus hijos a la escuela vistiendo la kipá.
La posición adoptada por los funcionarios de Educación en Nuevitas son "una represalia" contra los padres de Danel y Liusdan por haberse quejado ante la Fiscalía, afirmó Fernández Izaguirre.
Esta, añadió el periodista, es una clara situación de violación a la libertad religiosa y de mal trabajo de los profesionales de Educación en las escuelas respectivas donde ocurrieron estos casos de acoso escolar.
La Constitución aprobada este año expresa en su artículo 15 que “El estado reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa“, y el 42 establece que “a nadie se le debe discriminar, entre otras cosas, por sus creencias religiosas”.