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Entregan queja ante la Fiscalía Nacional por maltrato a las Damas de Blanco


Opositores presentan denuncia ante la Fiscalía General de Cuba
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Opositores presentan denuncia ante la Fiscalía General de Cuba

Piden que se imponga a los responsables en estos casos las sanciones correspondientes por los perjuicios que han ocasionado.

Unos 75 activistas de Derechos Humanos y Damas de Blanco entregaron el jueves 30 de abril una denuncia ante la Fiscalía Nacional de la República de Cuba y la Fiscalía Militar con motivo de la intensificación de la represión de las fuerzas de la Seguridad del Estado contra este grupo de mujeres y quienes las acompañan cada domingo a las caminatas por la 5ta. Avenida de Miramar en La Habana.

Berta Soler, representante de las Damas de Blanco; Ángel Moya Acosta, expreso político de la Causa de los 75, y Antonio Rodiles, coordinador del Foro por los Derechos y Libertades y coordinador del Proyecto Estado de Sats, son los firmantes que encabezan la queja ciudadana.

Berta Soler dijo este viernes a Martí Noticias que también hicieron copias a sedes diplomáticas europeas en la capital cubana, así como el envío del documento a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que ya impuso una medida cautelar ante el régimen de La Habana por el abuso a los derechos civiles en Cuba.

Soler agregó que la entrega de la queja está basada en que "en estos momentos se ha recrudecido la represión contra los activistas de Derechos Humanos, contra las Damas de Blanco desde el domingo 12 de abril, después de la Cumbre de Panamá".

Las instituciones oficiales cubanas no suelen responder adecuadamente a las quejas de los ciudadanos, máxime si se trata de cuestionamientos políticos. Berta Soler especificó: "Es con el objetivo de que el Gobierno cubano no diga –cuando cualquier entidad o Gobierno le quiera preguntar sobre Derechos Humanos– que no se están violando dentro de Cuba".

A la cuenta de estos activistas y por los testimonios gráficos publicados, durante cinco domingos consecutivos han golpeado, detenido y dejado abandonadas a las Damas de Blanco en parajes lejanos a la capital, como dijo la conocida disidente cubana.

Soler también denunció que una joven estadounidense fue detenida alrededor de una hora en la pasada marcha dominical del domingo 26 de abril. Sobre el hecho, detalló que "fue maltratada, le borraron todas las imágenes que tenía de las Damas de Blanco en su cámara fotográfica" y agregó que la llevaron en una patrulla de Inmigración y no han sabido nada más de ella.

Finalmente, el opositor Antonio Rodiles González publicó una Declaración a nombre del Comité Coordinador de Foro por los Derechos y Libertades en el sitio Defensores de los Derechos Civiles.

La nota insiste en la constante violación a que son sometidas cada domingo estas mujeres. "Hacemos un llamado de alerta a la comunidad internacional ante el peligroso escenario que están enfrentado los defensores de los DDHH en Cuba. Es hora, asimismo, de que los gobiernos europeos y norteamericano que tanto han insistido en mejorar sus relaciones con el gobierno cubano, se pronuncien frente al agravamiento de las violaciones de los DDHH en la isla y ayuden a frenar hechos tan lamentables".

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Queja presentada:

A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

BERTA DE LOS ÁNGELES SOLER FERNÁNDEZ ciudadana cubana, con identidad permanente número 63073113411, vecina de Edificio 626 apto 8 Zona 16 Alamar, Habana del Este, La Habana, Cuba. ÁNGEL JUAN MOYA ACOSTA ciudadano cubano, con identidad permanente número 64092000244, vecino de Edificio 626 apto 8 Zona 16 Alamar, Habana del Este, La Habana, Cuba. ANTONIO E. GONZÁLEZ-RODILES FERNÁNDEZ ciudadano cubano, con identidad 72072103103, vecino de Ave 1ra número 4606, entre 46 y 60, Miramar Playa, La Habana, Cuba, a nombre propio comparecemos y como es procedente en derecho decimos:

Que venimos por medio del presente escrito, amparados en el artículo 63 de la Constitución de la República, que reconoce que “Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuesta pertinentes y en plazo adecuado, conforme a la ley” y de su artículo 26 que reconoce:

“Toda persona que sufriere daño o perjuicio causado indebidamente por funcionarios o agentes del Estado con motivo del ejercicio de sus funciones propias de su cargo, tiene derecho a reclamar y a obtener la correspondiente reparación o indemnización en la forma que establece la ley”, y a esos efectos consignamos lo siguiente:

PRIMERO: El pasado domingo 26 de abril de 2015, un grupo de mujeres pertenecientes al Movimiento Damas de Blanco Laura Pollán, así como activistas de DDHH, periodistas independientes y líderes opositores, fuimos arrestados en forma arbitraria y violenta cuando nos disponíamos a tomar el autobús ruta P1 en la calle 3ra. Un aparatoso operativo policial fue desplegado en la Ave 3ra entre las calles 30 y 26 en el municipio capitalino de Playa. Se usaron al menos 4 ómnibus de trasporte público, 10 patrullas de la PNR, 4 carros jaulas, un número indeterminado de motocicletas y otros autos del DSE, una ambulancia, así como un número indeterminados de efectivos de la PNR, Brigadas Especiales, DSE y las Brigadas de Respuesta Rápida. El arbitrario arresto fue realizado mediante el uso indiscriminado de la violencia incluyendo golpes en zonas sensibles como riñones y costillas, empujones y la aplicación de técnicas de estrangulamiento. Varias mujeres y hombres fueron lesionados. Un caso significativo a mencionar es el del activista de DDHH Carlos Jesús Menéndez de 76 años, número de identidad 42102002083, quien presenta discapacidad motora. Menéndez fue estrangulado y arrastrado más de diez metros para luego ser tirado en un carro jaula. La mujeres fueron trasladadas a un centro del MININT, ubicado en la zona conocida como Tarará donde algunas fueron nuevamente golpeadas. Los hombre fueron trasladados a la prisión conocida como Vivac, a las afueras de La Habana. Todos fueron liberados horas más tardes. Las fuerzas represivas están haciendo uso de las esposas como método de tortura al apretarlas al punto de provocar heridas y ausencia de circulación sanguínea. El uso de carros jaulas sin las mínimas medidas de ventilación y la exposición de los mismos al sol para lograr muy altas temperaturas al interior, provoca asfixia o descompensación de los detenidos.

Lista de detenidos

Damas de Blanco:

  1. Ada María López Canino
  2. Aliuska Gómez García
  3. Arelis Blanco Cuello
  4. Berta de los Ángeles Soler Fernández
  5. Cecilia Guerra Alfonso
  6. Daisis Artiles del Sol
  7. Dayane Ortiz Hernández
  8. Dellices González Dorrego
  9. Deysi Cuello Basulto
  10. Eugenia Díaz Hernández
  11. Haydee Gallardo Salazar
  12. Iris Llerandi Kindelan
  13. Ivón de las Mercedes Lazo Abreu
  14. Lázara Bárbara Sendiña Recalde
  15. Lázara María Dorrego Guzmán
  16. Lismeiris Quintana Ávila
  17. Lissette Naranjo Girón
  18. Lourdes Esquivel Vieyto
  19. Lucinda González Gómez
  20. Luisa Ramona Toscano Kindelan
  21. María Caridad Hernández Gavilán
  22. María Cristina Labrada Varona
  23. María Josefa Acon Sardiña
  24. Marta Belkis Rodríguez González
  25. Milvia Narcisa Aguilera Lanz
  26. Xiomara de las Mercedes Cruz Miranda
  27. Yamilé Garro Alfonso
  28. Yaquelin Boni Hecheavarría
  29. Yoisi Jaramillo Sánchez
  30. Yusleidis Girón Ortiz
  31. Zodrely Turrella Poncio
  32. Yamilé Barges Hurtado
  33. Virgen Coello Basulto
  34. Maylén González González
  35. Gloria San Juan Oliva
  36. Zenaida Hidalgo Cedeño
  37. Danaisi Muñoz López
  38. Ivonne Lemus Fonseca
  39. Yamilé Naranjo Figueroa
  40. Adelma Guerra Ricardo
  41. Anay Penalba Subit
  42. Alina Lanz García
  43. Mayelín Penna Bullan
  44. Yolanda Santana Ayala
  45. Olga Lidia Torres Iglesia
  46. Yuliet Margarita Rodríguez Báez
  47. Adisnidia Dallet Urgellés
  48. Yurliany Tamayo Martínez
  49. María Rosa Rodríguez Molina
  50. Idelis Chao Sabe
  51. Mirenia Henry García
  52. Mayelín Santiesteban López
  53. Mirtha Ricardo Tornet

Activistas de DDHH, periodistas independientes y opositores:

  1. Agustín López Canino
  2. Ángel Díaz Ferrau
  3. Ángel Juan Moya Acosta
  4. Antonio G. Rodiles Fernández
  5. Aurelio Antonio Morales Ayala
  6. Carlos Jesús Menéndez Cervera
  7. Enrique Pérez González
  8. Guillermo García Velázquez
  9. Jorge Arufe Carbonell
  10. Lázaro Yuri Valle Roca
  11. Mario Alberto Hernández Leiva
  12. Nelson Pascual Rodríguez Pupo
  13. Pavel Herrera Hernández
  14. Raúl Borges Álvarez
  15. Reinaldo Abreu Alfonso
  16. Reinaldo Gante Hidalgo
  17. Roberto Hernández Barrio
  18. Rolando Reyes Rabanal
  19. Rubén Darío García
  20. Sandalio Mejías Zulueta
  21. Víctor Marcos Valdés Salinas
  22. Yasmani Barroso Bergolla

SEGUNDO: Todo lo anterior constituye una violación de lo preceptuado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 9 firmada por el Estado cubano y citamos: “Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, ni preso, ni desterrado”, y lo establecido en el Pacto de los Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas en su artículo 9, apartado primero y citamos: “Todo individuo tiene derecho a la libertad y seguridad personal. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitraria. Nadie podrá se privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por la ley y con arreglo al procedimiento establecida por esta”. Consideramos importante citar el informe presentado ante el Consejo de Derechos Humanos del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai[1]. En dicho documento se hace especial énfasis en que los Estados deben garantizar el pleno ejercicio de la libertad de reunión, asociación y manifestación pacífica. También se esta violando lo preceptuado en la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en su artículo 2 al hacer uso de las esposas y los carros jaulas como métodos de tortura.

POR TANTO

De la Fiscalía General de la República interesamos:

PRIMERO: Que haciendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, y se pronuncie respecto a las detenciones arbitrarias, habida cuenta de que la Fiscalía General de la República, según el artículo 127 de la Constitución de la Republica de Cuba, “ es el órgano del Estado al que corresponde, como objetivos fundamentales el control y la preservación de la legalidad sobre la base de la vigilancia del estricto cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales, por los organismo del Estado, entidades económicas y sociales y por los ciudadanos”.

SEGUNDO: Que se imponga, a los responsables en estos casos, las sanciones correspondientes por los perjuicios que han ocasionado, en virtud del artículo 26 de la Constitución de la República de Cuba que reconoce que toda persona que sufriere daño o perjuicio causado, indebidamente por funcionarios o agentes del Estado con motivo del ejercicio de las funciones propias de su cargo, tiene derecho a reclamar y a obtener la correspondiente reparación o indemnización en la forma que establece la ley.

TERCERO: Envíe la respuesta a la siguiente dirección: Ave 1ra número 4606, entre 46 y 60, Miramar Playa, Provincia La Habana, Cuba.

La Habana a los 30 días del mes de abril de 2015.

[1] Informe del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai. Consejo de Derechos Humanos, 23° período de sesiones.

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